Qué paga el proyecto además de tu empresa
Cinco instrumentos con reglas distintas, y la diferencia que más se pasa por alto: quién puede desarrollar el proyecto. En unos eliges proveedor libremente y en otros solo puedes contratar a quien esté en un catálogo.
Los cinco, uno al lado del otro
Datos de agosto de 2026. Las convocatorias cambian de importe y de estado cada año, así que confirma en la fuente oficial antes de presentar nada.
| Instrumento | Quién lo pide | Cuánto | Quién desarrolla | Estado |
|---|---|---|---|---|
| Deducción por I+D+i Art. 35 LIS | Cualquier empresa que tribute en España | Del 12% al 42% del gasto, en cuota | Libre. No hay homologación de ningún tipo | Siempre abierto |
| Cheque Innovación Comunidad de Madrid | Pyme con centro de trabajo en Madrid, fuera de los sectores excluidos | 80% del gasto, hasta 60.000 € con topes por actuación | Libre, se acredita dentro del expediente | Plazo permanente hasta agotar el crédito |
| Proyectos de I+D del CDTI Estatal | Empresa que ejecuta el proyecto de I+D, sola o en consorcio | Hasta el 85% del presupuesto aprobado, con una parte que no se devuelve | La empresa subcontrata hasta el 65% del presupuesto elegible | Desde 175.000 € de presupuesto, proyectos de 12 a 36 meses |
| InnoCámaras Cámaras de Comercio | Pyme y autónomo del ámbito de una Cámara, tras un diagnóstico previo | Hasta 7.000 € de gasto elegible en la fase de implantación | Entidad especializada de libre elección, distinta de la del diagnóstico | Por convocatoria de cada Cámara |
| Kit Digital Estatal | Pyme y autónomo, por segmentos de tamaño | Bono de 2.000 a 29.000 € según segmento | Solo agentes digitalizadores adheridos al catálogo | Sin convocatoria activa, fondos casi agotados |
Podemos ser tu proveedor, pero no para facturarte código
Las Cámaras financian hasta 7.000 € de la fase de implantación y la empresa elige libremente con quién la ejecuta. Lo que cambia respecto a los demás programas es qué se puede facturar dentro: los desarrollos a medida no son gasto elegible como regla general, y el SaaS queda excluido de forma expresa.
Lo que sí entra son los estudios de viabilidad, los diagnósticos de proceso, la vigilancia tecnológica y el prototipo no comercializable. Es la puerta pequeña: sirve para saber si la idea aguanta antes de comprometer el presupuesto de desarrollo.
Qué se puede financiar en InnoCámarasLas seis actuaciones que ejecutamos
- Estudios de viabilidad técnica y económica previos: estado del arte, pruebas y ensayos preliminares para saber si la idea se sostiene
- Diagnósticos de puntos de mejora en procesos operativos y reingeniería de procesos
- Auditoría y consultoría para obtener los requisitos de diseño de un nuevo producto o servicio
- Vigilancia tecnológica e inteligencia competitiva sobre una tecnología concreta
- Diseño, desarrollo e ingeniería hasta un prototipo no comercializable, con sus ensayos de validación
- Asesoramiento para la transferencia de tecnología y conocimiento técnico
No somos agentes digitalizadores
El Kit Digital funciona con un catálogo cerrado: el agente digitalizador publica soluciones estandarizadas, con alcance y precio fijos, y el bono se canjea por una de ellas. Ese modelo resuelve bien la web, el CRM o la facturación de una pyme que aún no los tiene.
No es lo que hacemos. Cada proyecto que entregamos empieza por entender un proceso concreto, y eso no cabe en una ficha de catálogo. Si lo que necesitas está en el catálogo, el Kit Digital es más barato para ti que nosotros, y te lo diremos.
Qué cubre el Kit Digital y dónde terminaSubvención y deducción no se solapan
La parte del gasto que cubre una subvención no genera deducción, porque no la ha soportado la empresa. En un proyecto con Cheque Innovación, el 20% que pone la empresa sí sigue siendo gasto propio.
El orden importa
Las subvenciones se piden antes de comprometer el gasto; la deducción se aplica después, en el impuesto del ejercicio. Un proyecto que ya ha empezado casi siempre ha perdido la primera vía y conserva la segunda.
Un proyecto se puede partir
La fase de validación técnica puede ir por una actuación subvencionable y el desarrollo posterior por otra vía. Partirlo bien es lo que decide cuánto se recupera.
Fuentes oficiales
- Artículo 35 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades
- Cheque Innovación — Comunidad de Madrid
- Proyectos de I+D — CDTI
- Programa InnoCámaras — Cámara de Comercio de España
- Kit Digital — Acelera Pyme
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