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Comunidad de Madrid · Plazo permanente

Cheque Innovación: el 80% del proyecto, con su letra pequeña

La Comunidad de Madrid cubre el 80% del gasto de un proyecto de innovación contratado a un proveedor especializado. Desarrollamos ese tipo de proyectos desde Madrid y aquí tienes las condiciones reales: importes por actuación, exclusiones y trámite.

80%

del gasto subvencionable, IVA excluido

60.000 €

tope de ayuda por empresa, con máximos por actuación

1.000.000 €

crédito declarado para 2026, por orden de entrada

Sin plazo

convocatoria permanente hasta agotar el crédito

Las once actuaciones

Cuánto se lleva cada tipo de proyecto

El 60.000 € del titular es el tope por empresa, no el de cualquier proyecto. Cada actuación tiene su propio máximo de ayuda, y esa cifra decide el tamaño del proyecto que tiene sentido presentar. Marcamos las que solemos desarrollar.

Actuación Descripción Ayuda máxima
ACT.1 Diagnósticos y planes de innovación tecnológica 12.000 €
ACT.2 Diseño y mejora de sistemas de gestión de la innovación 12.000 €
ACT.3 Vigilancia tecnológica y estado de la técnica 12.000 €
ACT.4 Soamee Estudios de viabilidad tecnológica e industrial 30.000 €
ACT.5 Soamee Diseño, ingeniería y puesta a punto de nuevos sistemas de producción 60.000 €
ACT.6 Soamee Pruebas de concepto: testeo y validación experimental de prototipos 60.000 €
ACT.7 Conceptualización y diseño de nuevos productos diferenciales 30.000 €
ACT.8 Soamee Rediseño o generación de nuevos productos y servicios 30.000 €
ACT.9 Transformación de procesos de fabricación 30.000 €
ACT.10 Soamee Desarrollo e integración de nuevo software en pymes no TIC 30.000 €
ACT.11 Protección de intangibles, patentes y modelos de utilidad 12.000 €

Importes del artículo 12 de las normas reguladoras. La ayuda es de mínimis: suma con las demás que reciba la empresa hasta el límite de 300.000 € en tres años.

Qué encaja

Proyectos que sí son innovación

La ayuda busca transferencia de conocimiento a pymes que no viven de la tecnología: construcción, hostelería, industria, logística, servicios profesionales. Estos son los cuatro tipos de proyecto que más nos piden.

IA sobre tu documentación

Buscador conversacional sobre pliegos, contratos, fichas técnicas o histórico de incidencias, con extracción y clasificación automática de los datos que hoy alguien teclea a mano.

Automatización de un proceso propio

El circuito que hoy vive en un Excel compartido y cinco correos: partes de obra, control de turnos, trazabilidad de producción, validaciones entre departamentos.

Prueba de concepto (ACT.6)

Un prototipo no comercializable para verificar si la tecnología resuelve el problema antes de comprometer el presupuesto grande. Es la actuación con el tope más alto: 60.000 € de ayuda.

Integración entre sistemas que no se hablan

ERP, maquinaria, TPV, dispositivos de campo. El nuevo software que se desarrolla para conectarlos entra en la ACT.10 si la empresa no es del sector TIC.

Qué queda fuera

Las exclusiones que tumban expedientes

Están escritas en las normas reguladoras y son la razón habitual de que un proyecto no llegue a presentarse. Mejor descartarlas en la primera conversación que en la resolución.

Software que ya existe, su adaptación o cualquier producto con licencia: un SaaS de catálogo no es un proyecto de innovación para la Comunidad

Desarrollos ofimáticos, financieros o contables

Páginas web, intranets, extranets y apps móviles con finalidad promocional, de marketing, de información corporativa o de gestión de redes sociales y relación con clientes

Telecomunicaciones, almacenamiento de información y compra o alquiler de hardware

Cumplimiento de normativa obligatoria, certificaciones de calidad y formación general

Asesoramiento jurídico, fiscal o financiero, publicidad y estudios de mercado (salvo los incluidos en la ACT.7)

Lo que la empresa haga con sus propios recursos: tener departamento informático no sirve, el proyecto se contrata fuera

El trámite

Quién hace qué, paso a paso

La ayuda la solicita tu empresa, no nosotros. Nuestra parte es el proyecto técnico y la documentación que acredita a Soamee como proveedora; la tramitación la lleváis vosotros o vuestra gestoría.

01

Definimos el proyecto contigo

Qué proceso se innova, qué actuación de las once encaja y qué se entrega. De aquí sale la memoria técnica, que no se puede subsanar ni modificar después de presentarla.

02

Presupuesto y ofertas

Te damos nuestra oferta detallada. Si el gasto subvencionable pasa de 15.000 € sin IVA, la Ley General de Subvenciones te obliga a pedir tres ofertas de proveedores distintos antes de comprometer el gasto.

03

Compromiso de colaboración

Firmamos el documento de compromiso con el modelo de la Comunidad y aportamos lo que acredita a Soamee como proveedora: equipo, titulaciones, experiencia y trabajos previos.

04

Presentas la solicitud

La tramitas tú o tu gestoría en el registro electrónico. Una solicitud por empresa y ejercicio, aunque puede incluir varias actuaciones.

05

Evaluación y ejecución

Expertos externos evalúan el proyecto y se resuelve por orden de entrada hasta agotar el crédito del año. El desarrollo no puede empezar antes de la resolución: los proyectos comenzados antes no son subvencionables. La ejecución dura entre uno y doce meses, y la justificación se presenta dentro de los tres meses siguientes.

La empresa proveedora

No hay proveedores homologados

La Comunidad de Madrid responde en su documento de casos frecuentes que no existe un listado aprobado de proveedores del programa. El proveedor se acredita dentro de cada expediente, con la documentación que se aporta junto a la solicitud.

Estos son los requisitos que exigen a una empresa de servicios especializados. Los preparamos por adelantado para que presentar la solicitud no dependa de reunir papeles.

Domicilio fiscal y centro de trabajo desde el que se presta el servicio, ambos en la Comunidad de Madrid

Equipo mínimo de 3 empleados, acreditado con documentación de la Seguridad Social

Titulación universitaria del jefe de equipo técnico y de los profesionales que participan

Cinco años de experiencia del jefe de equipo y tres de los demás profesionales en servicios similares

Trabajos previos con al menos dos clientes distintos en actividades de naturaleza similar, en los tres años anteriores a la solicitud

Lo que esta página no promete

El proyecto no puede haber empezado antes de la concesión, así que la fecha de arranque depende de la resolución y no del calendario de tu empresa. Tampoco se admiten modificaciones del proyecto una vez subvencionado. Quien concede la ayuda es la Comunidad de Madrid y la resuelve por orden de entrada hasta agotar el crédito del año, así que nadie puede garantizarte la subvención. El 20% restante, el IVA y los tributos los pone tu empresa. Cada solicitante presenta una única solicitud por ejercicio, que puede incluir varias actuaciones. Las condiciones de esta página salen del Acuerdo de 9 de octubre de 2018 del Consejo de Gobierno y de la Orden 2604/2026; antes de presentar nada, contrástalas en la ficha oficial del programa.

Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan antes de empezar

¿Cuánto dinero es en la práctica?

La ayuda es el 80% del gasto subvencionable con el IVA excluido, con un tope de 60.000 € por empresa y un tope propio en cada actuación. En la actuación de software (ACT.10) el máximo de ayuda son 30.000 €, así que a partir de un gasto de 37.500 € ya no crece. En pruebas de concepto (ACT.6) el tope de ayuda es de 60.000 €, que se alcanza con un gasto de 75.000 €.

¿Mi empresa puede pedirlo?

Tiene que ser una pyme con al menos un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid. Quedan fuera las empresas de comercio y reparación de vehículos (sección G del CNAE), las financieras y de seguros (sección K) y las inmobiliarias (sección L), además de las start-ups y spin-offs innovadoras de base tecnológica, que tienen otras líneas. Para la actuación de software se excluyen también las empresas de telecomunicaciones, informática y servicios de información (divisiones 61, 62 y 63).

¿Hay plazo de convocatoria?

El plazo es permanente y las solicitudes se resuelven por orden de entrada hasta agotar el crédito declarado disponible para el año. Para 2026 la Comunidad declaró 1.000.000 € (Orden 2604/2026, BOCM de 15 de julio). Presentar pronto y con toda la documentación importa más que la fecha límite, porque no hay.

¿Existe un listado de proveedores homologados?

No. La propia Comunidad de Madrid lo responde así en su documento de casos frecuentes: no hay listado aprobado. El proveedor se acredita dentro de cada expediente, cuando la empresa solicitante presenta el proyecto y aporta la documentación que demuestra que cumple los requisitos.

¿Podéis venderme vuestro software con la ayuda?

No, y conviene decirlo antes de empezar. Las normas excluyen el software ya existente, su adaptación y los productos con licencia, y además prohíben que un proveedor ofrezca idéntica solución a más de un solicitante. Cada proyecto se diseña para una empresa concreta y su proceso concreto.

¿Qué pasa si no me la conceden?

La concesión la decide la Comunidad de Madrid, no nosotros. Por eso planteamos el proyecto para que tenga sentido con ayuda y sin ella: primero decidimos si el desarrollo merece la pena por sí solo y después vemos si encaja en una actuación subvencionable.

Fuentes oficiales

Siguiente paso

Cuéntanos el proceso y te decimos si encaja

En media hora sabemos en qué actuación cabe tu proyecto, qué tope de ayuda tiene y si merece la pena presentarlo. Si vemos que no encaja, te lo decimos ahí mismo.

Cheque Innovación Comunidad de Madrid

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